COMBATTING WASTE CRIME

SCHMUCKBILD + LOGO

INHALT

BREADCRUMB

Excepciones a la protección jurídica del Convenio de Berna

 

En casos excepcionales, es posible permitir recoger, recolectar, cortar, capturar, conservar, matar, coger huevos de especies protegidas por diversas razones:

Por razones medioambientales:

  • Con fines de repoblación, de reintroducción y cuando sea necesario para la cría;
  • Para la protección de otras especies de flora y fauna que puedan estar en competencia o de alguna manera amenazadas por la especie protegida;

Por razones humanas como la salud, la seguridad, la economía, la ciencia, la educación u otras de gran relevancia:

  • En interés de la salud pública, la seguridad pública y la seguridad aérea;
  • Para evitar daños graves a los cultivos, el ganado, los bosques, la pesca, el agua y a otros bienes;
  • Para la consecución de otros intereses públicos superiores;
  • Con fines de investigación y educación;
  • Para permitir una explotación prudente, en condiciones estrictamente supervisadas, de forma selectiva y limitada.

En cualquier caso, las excepciones sólo se permitirán cuando no exista otra solución satisfactoria, sin que pongan peligro la supervivencia de la población y sin que provoquen la desaparición local o graves perturbaciones en las poblaciones de una especie. En el caso de la fauna silvestre, está prohibido utilizar medios indiscriminados de captura y muerte y, en particular, los medios especificados en el Anexo IV.