Tal y como señala la Fiscalía de Medio ambiente en su Memoria de 2015 (Cit. Supra nota 102, vid. en especial su Anexo I en el que se recogen las Conclusiones de la VIII Reunión Anual de la Red de Fiscales de Medio Ambiente y Urbanismo, celebradas en Madrid, los días 28 y 29 de Enero de 2015. Pgs. 63 y 64):.
aLa responsabilidad civil en favor de la Administración, en relación con los animales expoliados intervenidos, llevada a cabo por la Dirección General de Calidad y evaluación ambiental y medio natural (Ministerio de Medio Ambiente), se puede cifrar por 3 parámetros:
- Gastos por posible reintroducción en el medio natural de los ejemplares afectados si son especies autóctonas, de acuerdo con la información suministrada por el Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y Hábitat (GREFA): emisor satélite para marcaje y seguimiento en campo y su receptor, seguimiento de datos, en campo y mediante GPS y construcción de estructura para la liberación del ejemplar.
-Gastos por mantenimiento en condiciones de cautividad de los ejemplares afectados, de acuerdo con la información suministrada por el GREFA (especies autóctonas y no autóctonas): gastos de personal en el centro de recuperación de aves, alimentación y gastos veterinarios.
-Valoración económica de especímenes de fauna silvestre autóctona a efectos de su imputación en la comisión de actividades ilícitas: dependiendo del tipo de ejemplar, varias Comunidades Autónomas tienen dictados Decretos a tal efecto (en este caso se utilizó el Decreto 67/2008, de 13 de mayo de Castilla La Mancha).