La Memoria de 2015 de la Fiscalía de Medio ambiente y Urbanismo cita la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de noviembre de 2001, Sala 2ª, que ampara la calificación en grado de tentativa al considerar que la tenencia de animales en estas circunstancias supone una preordenación al tráfico de la especie amenazada y, por ello, aunque no puede aplicarse la consumación delictiva, sí existe el delito en grado de tentativa. Ibidem, p. 63.