No se persigue evitar todos los daños ambientales. Hay lesiones que, con independencia de su gravedad, se consideran, dentro del modelo de producción y consumo actual, como algo aceptable y necesario. El ámbito del daño ambiental ilícito viene definido por el Derecho administrativo, que es la parte del ordenamiento jurídico que se encarga de diseñar un modelo de gestión de daños y riesgos ambientales. Véase la monografía de J. Fuentes Osorio, Delitos contra el medio ambiente, Ed. Ad-hoc Argentina, 2021.