"Por tanto, el principio de culpabilidad constituye un elemento básico a la hora de calificar la conducta de una persona como sancionable, es decir, es un elemento esencial en toda infracción administrativa, lo que supone analizar las razones esgrimidas por la recurrente como justificación del incumplimiento de sus obligaciones tributarias para descartar aquellas que sean meros pretextos o se basen en criterios de interpretación absolutamente insostenibles".